Catalunya!!
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Catalunya!!
Lástima que sea en Inglés, pero espero que los "políticos" de la nueva ola lo entiendan...
https://www.facebook.com/daniel.gros.969/posts/3526623924230064?notif_id=1620966992399389¬if_t=notify_me&ref=notif
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"El amor, hace que todos espejos seamos, por eso más recibimos, cuanto más damos".- Rahwananda.
Dijousmercat- Mensajes : 10285
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Re: Catalunya!!
Y este hilo por qué está en filosofía? Pregunto....
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καλλαικoι- Mensajes : 9034
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Re: Catalunya!!
Porque la filosofía, igual que la política, o abarca todo o no abarca nada...καλλαικoι escribió:Y este hilo por qué está en filosofía? Pregunto....
Ahora bien, si el zapato te aprieta demasiado, yo me lo quitaría, para así caminar sin encontrar tantos inconvenientes...
Y como siempre, en vez de hablar del tema te pones a hacer preguntas infantiles que a nada conducen, a menos que lo hagas para batir algún récord de mensajes (aúnque muchos no digan nada, o bien poco).
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
Re: Catalunya!!
Que diga eso el que pone continuamente memes tiene su chiste...
No sé, me chocó que estuviese en este apartado, parece que le cuadra mejor "política".
No sé, me chocó que estuviese en este apartado, parece que le cuadra mejor "política".
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καλλαικoι- Mensajes : 9034
Fecha de inscripción : 05/02/2021
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Re: Catalunya!!
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
Re: Catalunya!!
Eres un poco duro con los adoctrinados del prusés...
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καλλαικoι- Mensajes : 9034
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Re: Catalunya!!
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
Re: Catalunya!!
Rectifico, esto ya no va bien en "Política", esto va bien en "humor". Porque andar mezclando a Lenin y JQA con Cataluña...
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καλλαικoι- Mensajes : 9034
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Re: Catalunya!!
Ya puestos a poner cosas de coña, ahí va una ronda...
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καλλαικoι- Mensajes : 9034
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Re: Catalunya!!
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
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Re: Catalunya!!
La fábula del Colibrí.
Cuenta la leyenda que un día hubo un incendio enorme en el bosque. Todos los animales huían despavoridos, pues era un fuego terrible.
De pronto, el jaguar vio pasar por sobre su cabeza al colibrí…en dirección contraria, es decir, hacia el fuego. Le extraño sobremanera, pero no quiso detenerse. Al instante, lo vio pasar de nuevo, esta vez en su misma dirección. Pudo observar este ir y venir repetidas veces, hasta que decidió preguntar al pajarillo, pues le parecía un comportamiento harto estrafalario:¿Qué haces colibrí?, le pregunto.
Voy al lago – respondió el – tomo agua con el pico y la hecho al fuego para apagar el incendio.
El jaguar sonrió.
¿Estás loco? – le dijo. ¿Crees que vas a conseguir apagarlo con tu pequeño pico tu solo?
No – respondió el colibrí – yo sé que solo no puedo. Pero ese bosque es mi hogar. Me alimenta, me da cobijo a mí y a mi familia, y le estoy agradecido por eso. Y yo lo ayudo a crecer polinizando sus flores. Yo soy parte de él y él es parte de mí. Yo sé que solo no puedo apagarlo, pero tengo que hacer mi parte.
En ese momento, los espíritus del bosque que escuchaban al colibrí, se sintieron conmovidos por la pequeña ave y su devoción hacia el bosque. Y milagrosamente enviaron un fuerte chaparrón, que terminó con el incendio.
Las abuelas indias contaban esta historia a sus nietos concluyendo:
“¿Quieres atraer los milagros a tu vida? ¡Haz tu parte!”
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
Re: Catalunya!!
Estos cuentos os los contáis los indepes en vuestras reuniones sentados en torno a un fuego, para daros ánimos entre vosotros?
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καλλαικoι- Mensajes : 9034
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Re: Catalunya!!
καλλαικoι escribió:Estos cuentos os los contáis los indepes en vuestras reuniones sentados en torno a un fuego, para daros ánimos entre vosotros?
Un cuento para niños, lo que s la utopía independentistas de algunos
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Tropezar una vez no es malo, encariñarse con la piedra sí.
daniel- Mensajes : 2504
Fecha de inscripción : 11/12/2020
El Supremo se opone al indulto a los condenados por el ‘procés
El Supremo se opone al indulto a los condenados por el ‘procés’
Reyes Rincón Hace 39 minutos
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La historia de Elliot Page y cómo dejó atrás a Ellen
El exceso de mortalidad en la pandemia: a las 46.000 muertes de más de la…
Oriol Junqueras y Raul Romeva acompanados de miembros de Esquerra salen a pie del recinto penitenciario, este enero. Albert Garcia (EL PAÍS) Oriol Junqueras y Raul Romeva acompanados de miembros de Esquerra salen a pie del recinto penitenciario, este enero.
El Tribunal Supremo se opone a indultar a ninguno de los 12 líderes independentistas a los que condenó por su participación en el procés. El tribunal que les juzgó ha emitido ya su informe, en el que rechazan por unanimidad conceder un indulto total o parcial a los dirigentes secesionistas condenados por sedición, malversación o desobediencia al no apreciar razones de justicia, equidad y utilidad pública que justificarían la concesión de la medida de gracia. El tribunal considera que las penas son proporcionales, constatan que “no hay la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento” y que los argumentos en los que se basan las peticiones “desenfocan el sentido del indulto porque dibujan una responsabilidad penal colectiva y, además, pretenden que el Gobierno corrija la sentencia dictada por el Tribunal Supremo”.
El informe, de 21 páginas y del que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, concluye que la pena impuesta a un condenado sólo deja de ser necesaria cuando ha cumplido con la finalidad que legitima su imposición, algo que, según la sala, no ocurre en este caso. “La constatación del fracaso de los fines de prevención especial, apreciable sin necesidad de mayores esfuerzos argumentales, obliga a rechazar el indulto solicitado a favor de los condenados”, concluye el tribunal, que insiste en la idea que ya introdujo en la sentencia del procés de que no se les condenó por sus ideas. “La Sala no se aferra a concepciones ya obsoletas acerca del significado de la resocialización del penado, sobre todo, cuando éste no comparte ni se identifica con los valores sociales hegemónicos. Pero esta idea no es incompatible con la aceptación de que una sociedad pluralista, inspirada en valores democráticos, puede exigir mediante la imposición de una pena que la ruptura de las bases de la convivencia nunca sea el fruto de una decisión unilateral, apoyada en la engañosa movilización de una ciudadanía a la que irresponsablemente se empuja a construir un nuevo Estado que sólo existe en la imaginación de sus promotores”, señalan.
El informe del Tribunal Supremo no es vinculante para la decisión que tome el Gobierno sobre los indultos, pero sí es preceptivo, por lo que mientras el tribunal que juzgó y condenó a los líderes independentistas no enviara su informe al Ministerio de Justicia, este no podía resolver sobre la medida de gracia.
Pero aunque la opinión del Supremo no sea vinculante, sí que limita el alcance del indulto, porque la ley que regula esta medida impide conceder un indulto total con el informe en contra del tribunal sentenciador. Así lo establece el artículo 11 de esta norma: “El indulto total se otorgará a los penados tan solo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del Tribunal sentenciado”. Es decir, una vez que el Supremo se ha opuesto a los indultos, el Gobierno solo puede conceder un indulto parcial, ya sea quitando parte de la pena o conmutándola por otra. La ley permite ambas modalidades, aunque señala que se debe dar “preferencia” a “la conmutación de la pena impuesta en otra menos grave”.
Para el tribunal, las razones invocadas para respaldar el indulto total o parcial pierden cualquier justificación “cuando se presentan como presos políticos quienes han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional, a voltear el funcionamiento ordinario de las instituciones y, en fin, a imponer la propia conciencia frente a las convicciones del resto de sus conciudadanos”. El informe se detiene a analizar la falta de arrepentimiento que han exhibido la mayoría de los condenados. “Ni siquiera flexibilizando ese requerimiento legal y liberando su exigencia de la necesidad de un sentimiento de contrición por el hecho ejecutado, podríamos atisbar una voluntad de reencuentro con el orden jurídico menoscabado por el delito”, advierte el tribunal, que pone el acento en que “el mensaje transmitido por los condenados en el ejercicio del derecho a la última palabra y en sus posteriores declaraciones públicas es bien expresivo de su voluntad de reincidir en el ataque a los pilares de la convivencia democrática, asumiendo incluso que la lucha por su ideales políticos -de incuestionable legitimidad constitucional- autorizaría la movilización ciudadana para proclamar la inobservancia de las leyes, la sustitución de la jefatura del Estado y el unilateral desplazamiento de la fuente de soberanía”.
El informe cita a Jordi Cuixart que en su respuesta a la Sala afirma que todo lo que hizo lo volvería a hacer porque no cometió ningún delito. Esas palabras son para el tribunal “la mejor expresión de las razones por las que el indulto se presenta como una solución inaceptable para la anticipada extinción de la responsabilidad penal. De hecho, expresan una actitud antidemocrática, en la que la propia conciencia y el compromiso social que cada ciudadano suscribe le autorizaría a pulverizar las bases de la convivencia, a convertir en ineficaces las resoluciones dictadas por los Jueces y Tribunales de un determinado territorio, a sortear las vías legales de reforma de un sistema jurídico y, en fin, a vulnerar los derechos fundamentales de aquellos otros ciudadanos que no comulguen con esos principios o esa conciencia individual”, subrayan los magistrados.
En su informe, recuerda que el tribunal quiso oír a los condenados, cumpliendo el trámite indispensable impuesto por la Ley de Indulto, y que la mayor parte de ellos, salvo Jordi Cuixart y Santi Vila, no informaron, por lo que “con su silencio privaron a la Sala de la valoración de los elementos decisivos para respaldar nuestro informe y, lo que es más importante, nos obliga a una interpretación flexible que no vea en esa falta un impedimento formal que sugiera el cierre del expediente”.
Varias de las solicitudes de indulto que han llegado al Ministerio de Justicia justifican la medida por la desproporción de las penas ante un delito contra el orden público. La Sala recuerda, sin embargo, que su sentencia dejaba claro que el delito de sedición es algo más que un delito contra el orden público. “Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones como fundamento de la convivencia en el marco constitucional”, recuerda el tribunal, que considera por ello que el enfoque para solicitar y conceder la extinción de la pena tiene que ser distinto “cuando lo que está en juego no es la preservación del orden público, sino la solidez de los pilares sobre los que se asienta la convivencia democrática.”
El informe se detiene especialmente en explicar las razones del tribunal para oponerse a indultar a los condenados por sedición, pero la Sala se opone también a conceder la medida de gracia para el delito de malversación y a los tres condenados a los que solo se atribuyó un delito de desobediencia, que no implica penas de prisión (Santi Vila, Carles Mundó y Mertixell Borràs). En este caso, la sala justifica su negativa en que no hay razones que obliguen a corregir la pena, ya que las multas fueron saldadas y la inhabilitación de un año y ocho meses está prácticamente cumplida.
Informe del Tribunal Supremo sobre los indultos. Si no puede leerlo pinche aquí.
Reyes Rincón Hace 39 minutos
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La historia de Elliot Page y cómo dejó atrás a Ellen
El exceso de mortalidad en la pandemia: a las 46.000 muertes de más de la…
Oriol Junqueras y Raul Romeva acompanados de miembros de Esquerra salen a pie del recinto penitenciario, este enero. Albert Garcia (EL PAÍS) Oriol Junqueras y Raul Romeva acompanados de miembros de Esquerra salen a pie del recinto penitenciario, este enero.
El Tribunal Supremo se opone a indultar a ninguno de los 12 líderes independentistas a los que condenó por su participación en el procés. El tribunal que les juzgó ha emitido ya su informe, en el que rechazan por unanimidad conceder un indulto total o parcial a los dirigentes secesionistas condenados por sedición, malversación o desobediencia al no apreciar razones de justicia, equidad y utilidad pública que justificarían la concesión de la medida de gracia. El tribunal considera que las penas son proporcionales, constatan que “no hay la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento” y que los argumentos en los que se basan las peticiones “desenfocan el sentido del indulto porque dibujan una responsabilidad penal colectiva y, además, pretenden que el Gobierno corrija la sentencia dictada por el Tribunal Supremo”.
El informe, de 21 páginas y del que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, concluye que la pena impuesta a un condenado sólo deja de ser necesaria cuando ha cumplido con la finalidad que legitima su imposición, algo que, según la sala, no ocurre en este caso. “La constatación del fracaso de los fines de prevención especial, apreciable sin necesidad de mayores esfuerzos argumentales, obliga a rechazar el indulto solicitado a favor de los condenados”, concluye el tribunal, que insiste en la idea que ya introdujo en la sentencia del procés de que no se les condenó por sus ideas. “La Sala no se aferra a concepciones ya obsoletas acerca del significado de la resocialización del penado, sobre todo, cuando éste no comparte ni se identifica con los valores sociales hegemónicos. Pero esta idea no es incompatible con la aceptación de que una sociedad pluralista, inspirada en valores democráticos, puede exigir mediante la imposición de una pena que la ruptura de las bases de la convivencia nunca sea el fruto de una decisión unilateral, apoyada en la engañosa movilización de una ciudadanía a la que irresponsablemente se empuja a construir un nuevo Estado que sólo existe en la imaginación de sus promotores”, señalan.
El informe del Tribunal Supremo no es vinculante para la decisión que tome el Gobierno sobre los indultos, pero sí es preceptivo, por lo que mientras el tribunal que juzgó y condenó a los líderes independentistas no enviara su informe al Ministerio de Justicia, este no podía resolver sobre la medida de gracia.
Pero aunque la opinión del Supremo no sea vinculante, sí que limita el alcance del indulto, porque la ley que regula esta medida impide conceder un indulto total con el informe en contra del tribunal sentenciador. Así lo establece el artículo 11 de esta norma: “El indulto total se otorgará a los penados tan solo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del Tribunal sentenciado”. Es decir, una vez que el Supremo se ha opuesto a los indultos, el Gobierno solo puede conceder un indulto parcial, ya sea quitando parte de la pena o conmutándola por otra. La ley permite ambas modalidades, aunque señala que se debe dar “preferencia” a “la conmutación de la pena impuesta en otra menos grave”.
Para el tribunal, las razones invocadas para respaldar el indulto total o parcial pierden cualquier justificación “cuando se presentan como presos políticos quienes han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional, a voltear el funcionamiento ordinario de las instituciones y, en fin, a imponer la propia conciencia frente a las convicciones del resto de sus conciudadanos”. El informe se detiene a analizar la falta de arrepentimiento que han exhibido la mayoría de los condenados. “Ni siquiera flexibilizando ese requerimiento legal y liberando su exigencia de la necesidad de un sentimiento de contrición por el hecho ejecutado, podríamos atisbar una voluntad de reencuentro con el orden jurídico menoscabado por el delito”, advierte el tribunal, que pone el acento en que “el mensaje transmitido por los condenados en el ejercicio del derecho a la última palabra y en sus posteriores declaraciones públicas es bien expresivo de su voluntad de reincidir en el ataque a los pilares de la convivencia democrática, asumiendo incluso que la lucha por su ideales políticos -de incuestionable legitimidad constitucional- autorizaría la movilización ciudadana para proclamar la inobservancia de las leyes, la sustitución de la jefatura del Estado y el unilateral desplazamiento de la fuente de soberanía”.
El informe cita a Jordi Cuixart que en su respuesta a la Sala afirma que todo lo que hizo lo volvería a hacer porque no cometió ningún delito. Esas palabras son para el tribunal “la mejor expresión de las razones por las que el indulto se presenta como una solución inaceptable para la anticipada extinción de la responsabilidad penal. De hecho, expresan una actitud antidemocrática, en la que la propia conciencia y el compromiso social que cada ciudadano suscribe le autorizaría a pulverizar las bases de la convivencia, a convertir en ineficaces las resoluciones dictadas por los Jueces y Tribunales de un determinado territorio, a sortear las vías legales de reforma de un sistema jurídico y, en fin, a vulnerar los derechos fundamentales de aquellos otros ciudadanos que no comulguen con esos principios o esa conciencia individual”, subrayan los magistrados.
En su informe, recuerda que el tribunal quiso oír a los condenados, cumpliendo el trámite indispensable impuesto por la Ley de Indulto, y que la mayor parte de ellos, salvo Jordi Cuixart y Santi Vila, no informaron, por lo que “con su silencio privaron a la Sala de la valoración de los elementos decisivos para respaldar nuestro informe y, lo que es más importante, nos obliga a una interpretación flexible que no vea en esa falta un impedimento formal que sugiera el cierre del expediente”.
Varias de las solicitudes de indulto que han llegado al Ministerio de Justicia justifican la medida por la desproporción de las penas ante un delito contra el orden público. La Sala recuerda, sin embargo, que su sentencia dejaba claro que el delito de sedición es algo más que un delito contra el orden público. “Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones como fundamento de la convivencia en el marco constitucional”, recuerda el tribunal, que considera por ello que el enfoque para solicitar y conceder la extinción de la pena tiene que ser distinto “cuando lo que está en juego no es la preservación del orden público, sino la solidez de los pilares sobre los que se asienta la convivencia democrática.”
El informe se detiene especialmente en explicar las razones del tribunal para oponerse a indultar a los condenados por sedición, pero la Sala se opone también a conceder la medida de gracia para el delito de malversación y a los tres condenados a los que solo se atribuyó un delito de desobediencia, que no implica penas de prisión (Santi Vila, Carles Mundó y Mertixell Borràs). En este caso, la sala justifica su negativa en que no hay razones que obliguen a corregir la pena, ya que las multas fueron saldadas y la inhabilitación de un año y ocho meses está prácticamente cumplida.
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daniel- Mensajes : 2504
Fecha de inscripción : 11/12/2020
Re: Catalunya!!
¿Este es un hilo de memes? A mi me gustan
Rusko- Mensajes : 2335
Fecha de inscripción : 06/01/2021
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
Re: Catalunya!!
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Dijousmercat- Mensajes : 10285
Fecha de inscripción : 07/12/2020
Re: Catalunya!!
Dijousmercat escribió:
Una cosa es la ley y otra el conocimiento de la misma.
El empecinado investigador amputó una pata a la pulga y la conminó a saltar. Y la pulga saltó.
Después de anotado el resultado de su experimento, amputó una segunda pata y ordenó de nuevo que la pulga saltara y la pulga saltó.
Y de nuevo anotó su observación y amputó una tercera pata y continuó con el procedimiento hasta amputar la última pata y observar que a pesar de sus ordenes la pulga no saltaba. Y anotó en su cuaderno: si a una pulga le amputas todas las patas, la pulga se torna sorda.
Porsituquieressaber- Mensajes : 16812
Fecha de inscripción : 29/01/2021
A MagAnna, Giordano Bruno de Nola y a Dijousmercat les gusta esta publicaciòn
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